El Tribunal Supremo declara que la gestación subrogada vulnera los derechos del niño y de la madre gestante




El Tribunal Supremo declara que la gestación subrogada vulnera los derechos del niño y de la madre gestante


La gestación por sustitución comercial vulnera los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en los convenios internacionales sobre derechos humanos. 

Por Silvia Pinilla, Abogada, Especializada en Derecho de Familia

El Tribunal Supremo declara que la gestación subrogada vulnera los derechos del niño y de la madre gestante.

 

En una Sentencia del Pleno, de 31 de marzo de 2022 y publicada esta misma semana, considera que la gestación por sustitución comercial vulnera los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en los convenios internacionales sobre derechos humanos.

 

Considera, asimismo, que el contrato de gestación por sustitución del caso enjuiciado entraña un daño al interés superior del menor y una explotación de la mujer que son inaceptables por tratar a la madre gestante y al menor como meros “objetos”, confirmando lo ya establecido en la Sentencia 835/2013 de 6 de febrero de 2014.

 

La legislación española declara nulo de pleno derecho el contrato de gestación por sustitución y atribuye la titularidad de la relación de filiación materna a la madre gestante.

 

En caso de que no exista una vinculación biológica con el menor, pero exista una vida familiar de hecho, la vía legal de la madre comitente (o gestante) por la que debe obtenerse la determinación de la filiación es la de la adopción. De esta forma se podrá satisfacer el interés superior del menor. 



Recupere la Sentencia aquí.


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