No destrucció
A LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
CARLOS RICARDO ESTÉVEZ SANZ, Procurador de los Tribunales y de FRANCISCO JAVIER MARTÍNEZ ESPINOLA y de SILVIA MOMPART GALOBARDES, según consta acreditado en los autos ut supra referenciados, DIGO:
Que mediante Decreto de fecha 29 de enero de 2024, se ha acordado requerir a el Ministerio Fiscal a fin de que se pronuncie acerca de si se debe extender el comiso o la destrucción respecto a diversos efectos. También se ha acordado librar oficio a la fuerza actuante a fin de que informen del estado y ubicación de diversos vehículos cuya entrega fue acordada en sentencia.
Esta parte manifiesta que en fecha 26 de enero se interpuso recurso de amparo contra la Sentencia 873/2023 de 24 de noviembre, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en la medida en que, entendemos, se ha producido la vulneración del derecho a saber la verdad de las víctimas.
En este sentido, mediante el citado recurso de amparo se pretende reparar el daño producido por la insuficiencia de la investigación practicada en el presente procedimiento. Para ello, es posible que sea necesario practicar nuevamente prueba sobre los efectos que aquí podrían ser destruidos, o entregados, por lo que entendemos que no procede.
En su virtud,
A LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SOLICITO: Tenga por presentado este escrito, teniendo por realizadas las anteriores manifestaciones a los efectos oportunos.
Madrid, 30 de enero de 2024.
Jaume Alonso-Cuevillas i Sayrol
Letrado ICAB núm. 13.234
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