Despeses Inici Curs




¿Quién paga los gastos del comienzo escolar?


En esta época del año, son habituales las consultas en relación a quien debe abonar los gastos que se producen a consecuencia del inicio del curso escolar. Libros, material escolar, uniformes, actividades... ¿Cuál de los dos progenitores se encarga de estos gastos? 

Por Silvia Pinilla / Abogada y Responsable Departamento Derecho de Familia

En primer lugar, debemos saber si la Sentencia que regula la guarda y custodia hace expresa referencia al pago de estos gastos. En caso afirmativo, los gastos se pagarán conforme a lo que establezca la Sentencia.


En caso de que la Sentencia de divorcio no se pronuncie al respecto, los gastos del inicio de curso deberán abonarse con la pensión de alimentos. Es decir, las pagará el progenitor que recibe la pensión de alimentos de los hijos, ya que la jurisprudencia considera los gastos del inicio del curso como gasto ordinario y, por tanto, están incluidos en la pensión.


Se trata de gastos previsibles y periódicos, por lo que tendrán que ser pagados con la pensión de alimentos.



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